A la venta el 87.64 de un suelo urbanizable sectorizado de 2303 m² ubicado en el municipio de Torreblanca, Castellón.
Se trata de un suelo urbanizable de 2303 m² que se sitúa en una zona tranquila, teniendo buenos accesos por la carretera CV-10, que conecta con la autovía AP-7, facilitando desplazamientos hacia localidades cercanas y la costa.
En la ubicación se pueden encontrar puntos de interés cercanos, como la Playa de Torreblanca, que ofrece una variedad de actividades recreativas, y el Parc Natural de la Sierra de Irta, ideal para los amantes de la naturaleza.
Con nuestros servicios podrá encontrar el suelo rústico que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente.
- La parte vendedora es propietaria de una participación indivisa del Inmueble, no siendo por ello, propietaria del 100 en pleno dominio. Dicha participación indivisa podría ser objeto de adquisición por parte del resto de copropietarios. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de Gastos e Impuestos que por Ley corresponda al Vendedor sobre el porcentaje de propiedad que ostenta la parte vendedora. y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá: (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El comprador deberá asumir la situación física y posesoria del inmueble. No se podrá visitar el inmueble al no tener el propietario la posesión, con lo cual no podrá realizarse tasación (lo cual dificultará o impedirá la obtención de financiación hipotecaria) ni será posible la tramitación del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
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