Piso de 96 m² ubicado en Gijón, Asturias. Se trata de un piso de 96 m² distribuidos en varias estancias aptas para la vida diaria.
El piso se encuentra en la zona de Gijón este, específicamente en el barrio de El Coto, un entorno urbano consolidado que ofrece una amplia variedad de servicios y comodidades para garantizar una vida confortable. La ubicación cuenta con excelentes accesos mediante la carretera AS-246 (avenida del Llano), la avenida de Pablo Iglesias y la avenida de la Costa, lo que facilita la conexión tanto con el centro de Gijón como con otras áreas de la ciudad. Además, la autovía A-8 se encuentra a corta distancia, permitiendo la salida y entrada rápida a las principales rutas del norte.
Respecto al transporte público, en las inmediaciones existen varias paradas de autobús urbano con diferentes líneas que permiten desplazarse de forma sencilla a todos los puntos de Gijón, incluyendo el centro, la estación de tren y otras zonas de interés. La estación de tren de Gijón-Sanz Crespo se ubica a menos de 2 kilómetros, facilitando la movilidad hacia otros municipios y ciudades.
En el entorno próximo al inmueble se encuentran diversos servicios esenciales como supermercados, restaurantes, centros educativos (colegios y guarderías), instalaciones deportivas municipales y oficinas bancarias. Los residentes pueden disfrutar también del cercano Parque de los Pericones, un amplio espacio verde muy valorado en la ciudad para actividades al aire libre.
Destacan en la zona puntos de interés relevantes como la Playa de San Lorenzo, uno de los principales atractivos de Gijón, a la que se accede cómodamente a pie o en transporte público; el Estadio Municipal El Molinón, referente deportivo y cultural de la ciudad; y el Museo del Ferrocarril de Asturias, situado a una distancia accesible desde el inmueble. También se cuenta con centros de salud, el Hospital de Cabueñes a poca distancia y varias farmacias cercanas.
Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - Inmueble sujeto al periodo de oferta+. Son inmuebles para los que la propiedad ha establecido un “precio de referencia”, por lo que no constituyen una oferta contractual. Será la persona o personas interesadas en la compra del inmueble quienes deban presentar su mejor oferta que será debidamente analizada y aceptada o rechazada, según proceda. Advertir que la propiedad ha establecido que la campaña tenga una duración determinada siendo que una vez haya finalizado el plazo establecido para la campaña, pudiendo ser consultada la fecha fin a través de nuestra línea de atención comercial, será el momento en el que se analicen las ofertas, siendo que la propiedad no estará vinculada a la aceptación de ninguna de ellas. De igual modo, la persona o personas interesadas podrán desistir de su oferta hasta el momento en que la misma sea aceptada y se suscriba el correspondiente contrato y/o reserva. Los inmuebles sujetos a esta modalidad estarán identificados en la página web , con la leyenda “oferta+”. El periodo de la campaña podrá ser ampliado a voluntad de la Propiedad en aquellos casos en que se produzcan incidencias que hubieran imposibilitado a cualquier ofertante la visita del inmueble (respecto aquellos en los que la presentación de la oferta requiere la visita previa) o en aquellos casos en los que se produzca cualquier otra circunstancia justificada. El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propie
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